El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Maciej Szpunar, defendió el jueves que los motores de búsqueda de Internet como Google puedan limitar lo que se denomina el derecho a olvidar en el bloque de la UE.

Los hallazgos del abogado no son vinculantes para la futura sentencia del tribunal con sede en Luxemburgo, pero los jueces europeos tienden a seguir los argumentos de los Abogados Generales en la mayoría de los casos.

Szpunar realizó a la UE una serie de preguntas preliminares relacionadas con un caso en el que la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) obliga a Google que elimine de los resultados de una búsqueda basada con el nombre de una persona física las páginas que hagan referencia a la persona, y que además se aplique esta eliminación a todas las extensiones del motor de búsqueda.

Sin embargo, Google se ha limitado a eliminar los enlaces de los resultados mostrados en respuesta a búsquedas realizadas desde nombres de dominio correspondientes a las extensiones de su motor de búsqueda en los Estados miembros de la UE. Además, la CNIL ha encontrado insuficiente la propuesta de Google para eliminar la posibilidad de acceder a los resultados controvertidos de una IP ubicada en el país de residencia de la persona en cuestión.

Como resultado, las autoridades francesas impusieron a Google una multa de 100.000 euros, que el gigante tecnológico ha presentado ante el Consejo de Estado francés. En sus conclusiones, Szpunar destaca que las solicitudes de investigación fuera de la UE no deberían verse afectadas por la eliminación de referencias, por lo que no está a favor de este derecho de olvido se interprete tan ampliamente que produzca efectos más allá de las fronteras del bloque de la UE.

El Abogado General agrega que el derecho fundamental a ser olvidado y el interés legítimo del público en acceder a la información solicitada debe sopesarse. En este contexto, argumenta que con una desreferencia global, las autoridades de la Comunidad no podrían definir y determinar el derecho a recibir información y menos aún compararlos con otros derechos fundamentales, como que la protección de datos y la privacidad.

Por lo tanto, propone que el AUT declare que un motor de búsqueda no está obligado a eliminar la referencia desde todos los nombres de dominio de su motor de búsqueda para que no aparezcan más enlaces controvertidos donde se inicia la búsqueda.

Sin embargo, destaca que una vez que se ha establecido el derecho al olvido, los motores de búsqueda deben tomar todas las medidas necesarias para garantizar una supresión "efectiva y completa" de los resultados controvertidos en el territorio de la UE, independientemente del nombre de dominio utilizado por el usuario de Internet.